Las autoridades veterinarias, junto con otras entidades gubernamentales y de mutuo acuerdo con las partes interesadas, pueden establecer un marco jurídico para aplicar y hacer cumplir el sistema de identificación canina, ya sea a nivel de cada individuo o a nivel municipal. La estructura de este marco variará de país en país y de la situación epidemiológica de la rabia (por ejemplo, programas de erradicación de la rabia en fases de planificación, inicio, actual o alcanzada). Cada país debe diseñar un programa en conformidad con el alcance y criterios relevantes para garantizar que los perros sean registrados y se puedan rastrear. La identificación de perros puede servir para identificación de poblaciones de animales vacunados y no vacunados, localizar a los dueños en caso de incidente por mordedura o rastrear a un perro que notoriamente es vagabundo. La identificación animal, control, seguimiento y movimiento de la población de perros callejeros debe estar bajo la responsabilidad de los servicios veterinarios. Aquí se pueden encontrar recomendaciones sobre cómo abordar las poblaciones de perros callejeros y salvajes.
El marco legal de identificación de perros debe abordar las siguientes cuestiones:
Resultados deseados y metodología
Obligaciones de la autoridad veterinaria y otras partes involucradas en la observación y aplicación de la normativa (municipios, policía, dueños)
Disposiciones de carácter organizativo y elección de tecnologías y métodos empleados para la identificación de perros
Implementación de reglamentación sobre el desplazamiento de perros dentro del país y entre países, restricciones estacionales, etc.
Confidencialidad de los datos sobre perros y sus dueños (es decir, determinar quien tendrá quién tiene acceso a los datos)
Comprobación, verificación, inspección de la identificación de perros y sus posibles sanciones cuando se verifiquen infracciones
Mecanismos de financiamiento y disponibilidad de apoyo para proyectos piloto sobre identificación de perros, según sea pertinente